Marinero de Máquinas
El programa se ajusta según se establece en la Regla III/4 del Convenio STCW-78/10 Código Formación, para todo marinero que vaya a formar parte de la guardia en cámaras de máquinas.
Dirigido
Dirigido a todo marinero que vaya a formar parte de la guardia en cámaras de máquinas, o que sea designado para desempeñar cometidos en una cámara de máquinas sin dotación permanente, a bordo de un buque mercante, según viene definido en el artículo 2 punto 10 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 750 kW.
Homologación
El programa se ajusta a la Resolución Oficial de 12 de junio de 2024 de la Dirección General de la Marina Mercante.
Duración del curso
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Teoría: 45 horas
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Prácticas: 25 horas
El curso es presencial. Sólo se permite falta de asistencia del 10% de la horas teóricas. La parte práctica deberá completarse en su totalidad.
Requisitos:
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La edad mínima para realizar el curso es de 16 años.
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Ser ciudadano español.
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Estar en posesión del certificado de Formación Básica en Seguridad Marítima
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Superar las pruebas teóricas y prácticas
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Pasar un reconocimiento médico en el Instituto Social de la Marina
Acreditar dos meses de embarque en buques mercantes o de pesca realizando servicios profesionales relacionados con la guardia de máquinas, bajo la supervisión directa del jefe de máquinas, del oficial encargado de la guardia de máquinas o de un marinero de máquinas.
Información de interés
El certificado de especialidad Marinero de máquina de acuerdo a la ley vigente no caduca.